Desde febrero de 2026, los bancos informan mensualmente a la Agencia Tributaria sobre los cobros por Bizum de autónomos y empresas. No es un impuesto nuevo ni una alarma: es un refuerzo del control fiscal que ya existía. Pero sí implica que muchos profesionales deben revisar cómo están gestionando sus cobros para evitar discrepancias que puedan derivar en requerimientos de Hacienda.
Bizum nació como una herramienta de pagos entre particulares, pero su adopción masiva hizo inevitable que también se usara para cobrar servicios profesionales, ventas de productos o pagos entre empresas y autónomos. La Agencia Tributaria lleva años cruzando datos entre lo declarado en IVA e IRPF y los ingresos reales. Con el nuevo sistema de información bancaria mensual, ese cruce se vuelve sistemático y automático.
Bizum y Hacienda 2026: qué deben declarar autónomos y empresas
La norma es clara: lo que determina si un cobro por Bizum debe declararse no es quién lo envía, sino el motivo por el que se recibe. Según la Agencia Tributaria, estos son los supuestos más frecuentes:
- Cobros por servicios o trabajos profesionales: siempre sujetos a IVA e IRPF, independientemente de que el pagador sea un familiar, amigo o desconocido.
- Ventas de productos o mercancías: tributan igual que cualquier otra venta. El medio de pago es irrelevante a efectos fiscales.
- Cobros entre socios de un negocio: si se corresponden con actividad económica, deben quedar reflejados en la contabilidad y en los modelos correspondientes.
- Ayudas o regalos de familiares: no tributan en IRPF, pero si son habituales o de importe elevado pueden ser considerados donaciones sujetas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- Devoluciones de gastos compartidos: no tributan si son pagos puntuales entre particulares sin vinculación económica.
A partir de febrero de 2026, las entidades financieras informan mensualmente a la AEAT de todos los cobros recibidos por autónomos y empresas a través de Bizum, eliminando el umbral anterior de 3.000 euros. Esto facilita el cruce automático con el modelo 303 de IVA y las declaraciones de IRPF.
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Cómo gestionar correctamente los cobros por Bizum en tu actividad profesional
- Emitir siempre factura: cualquier cobro derivado de una actividad económica requiere factura, independientemente del medio de pago.
- Registrar todos los ingresos: los cobros por Bizum deben constar en el libro de ingresos y quedar reflejados en los modelos trimestrales.
- Separar los cobros personales de los profesionales: usar una cuenta bancaria diferente para la actividad profesional simplifica enormemente la justificación ante una posible inspección.
- Conservar justificantes: guardar los registros de cada operación durante al menos 4 años.
- Revisar las declaraciones anteriores: si en ejercicios previos se cobraron servicios por Bizum sin declararlos, es el momento de regularizar voluntariamente.
Implicaciones de Bizum y Hacienda para autónomos y pymes en 2026
El nuevo sistema de información bancaria mensual elimina la opacidad que algunos aprovechaban de forma consciente o inconsciente. Los autónomos y pequeñas empresas que usan Bizum para cobrar servicios y no los declaran se enfrentan a un riesgo real de discrepancia entre lo informado por el banco y lo declarado en sus modelos fiscales. En Cigarrán, como expertos en asesoría fiscal y tributaria en Madrid, ayudamos a autónomos y empresas a revisar su situación fiscal y a establecer procedimientos internos que eviten estos problemas.
Conclusión
Bizum y Hacienda ya funcionan de forma coordinada en 2026. El control es sistemático, automático y sin umbrales. Para los autónomos y empresas que lo usan para cobrar servicios, la solución no es dejar de usarlo, sino gestionarlo correctamente: emitir factura, registrar el ingreso y declararlo en el modelo correspondiente.
Si tienes dudas sobre cómo declarar tus cobros por Bizum o quieres revisar tu situación fiscal, contacta con nuestro equipo y te asesoramos sin compromiso.
