
Autor:
Juan José Cigarrán.
Volver al registro
Inspirado en el tango inmortal de Carlos Gardel
“Volver… con la frente marchita, las nieves del tiempo platearon mi sien…”
Como en el tango de Gardel, cada año los empresarios también deben volver, pero no al barrio del recuerdo, sino al Registro Mercantil, con sus libros bajo el brazo y el calendario pisándoles los talones.
Porque aunque la contabilidad no tenga la melodía del bandoneón, sí tiene su propio compás legal. Y no cumplir los plazos puede costar más que una pena de amor mal cantada.
¿Qué libros hay que legalizar?
Como marca el Artículo 329 del Reglamento del Registro Mercantil, las empresas deben legalizar los siguientes libros:
- Libro Diario
- Libro de Inventarios y Cuentas Anuales
- Libros de Actas
- Libro Registro de Socios (en SL) o Libro Registro de Acciones Nominativas (en SA)
También pueden presentarse otros libros que se utilicen en el desarrollo de la actividad, como los de detalle contable.
Y, como en cualquier buen tango, cada hoja debe estar en su sitio, numerada, sin tachones ni espacios en blanco, y encuadernada con cariño (Art. 333 RRM).
¿Hasta cuándo hay que presentar los libros?
Aquí viene el compás que marca el ritmo de esta historia:
el plazo legal es de cuatro meses desde el cierre del ejercicio.
Así lo establece el Artículo 27 del Código de Comercio, que permite realizar los libros por medios informáticos, siempre que se presenten antes de que pasen esos cuatro meses. Para ejercicios que cierran el 31 de diciembre, el plazo finaliza el 30 de abril.
Y si uno se despista y llega tarde… como diría Gardel: “Sentir… que es un soplo la vida…”, pero el Registro no perdona. Aún se pueden legalizar, sí, pero el retraso quedará registrado, lo cual puede levantar sospechas en una inspección.
La digitalización de libros como nuevo tango empresarial
Pero no todo es melancolía. Hoy tenemos herramientas modernas que nos permiten cumplir con esta obligación sin sufrir. Plataformas como Holded, Odoo o SAGE automatizan la contabilidad y generan libros listos para presentar.
Desde Cigarrán, como Partner Holded, ayudamos a empresas y emprendedores a integrar estas plataformas y automatizar procesos clave como la legalización de libros contables. Un paso que antes se hacía con pluma y tintero, hoy se hace con un clic (y sin perder el ritmo).
Tranquilidad en clave de asesoría
Contar con una asesoría especializada no solo es útil: es como tener un buen guitarrista de fondo mientras se baila el tango de la gestión empresarial. En Cigarrán, somos expertos en Holded, pero sobre todo en convertir trámites pesados en procesos sencillos, fluidos y seguros.
Porque no se trata solo de legalizar libros, sino de tener la tranquilidad de que todo está en regla, de poder enfocarte en crecer, innovar y liderar tu negocio sin sobresaltos.
Volver, pero con arte
Cada abril, toca volver al registro. Y aunque no sea tan romántico como el tango de Gardel, puede ser igual de elegante si se hace bien.
Hazlo a tiempo. Hazlo sin errores. Y si quieres, hazlo con nosotros.
Porque en Cigarrán, hacemos de la legalización de libros… un trámite que se baila con paso firme y sin perder el compás.
¿Necesita ayuda? En Cigarrán Abogados podemos ayudarte (+34) 91.355.85.15