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Autora:
Olga Galindo Carazo

¿Estás informado? Aumentan las cotizaciones de la Seguridad Social a partir de enero de 2025.

A partir del mes de enero de 2025 se aplicará una cotización adicional, la denominada cuota de solidaridad.

Con este incremento en las cotizaciones el Gobierno pretende garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones.

 

¿Qué es la cuota de solidaridad y a quién afecta?

La cuota de solidaridad es una nueva cuota que van a pagar los salarios más altos, se trata de una cotización adicional para los ingresos que excedan de la base máxima de cotización (en 2024 es de 4.720,50 euros al mes).

 

¿Cómo se aplica? ¿Cuál será el porcentaje?

La cuota de solidaridad se aplicará de la siguiente forma:

  • Primer tramo: incremento del 0,92% en la cotización para los ingresos que se sitúen entre la base máxima de cotización y un 10% por encima de dicha base.
  • Segundo tramo: un incremento del 1% en la cotización para los ingresos que van desde un 10% por encima de la base máxima hasta el 50%.
  • Tercer tramo: un incremento del 1,17% en la cotización para los ingresos que sobrepasen el 50% por encima de la base máxima de cotización.

El porcentaje irá aumentando progresivamente hasta alcanzar en 2045 un incremento del 5,50% en el primer tramo, un 6% en el segundo tramo y un 7% en el tercer tramo.

 

¿Cómo se distribuye el pago de esta nueva cuota entre empresario y trabajador?

La cuota de solidaridad se distribuirá en la misma proporción que la distribución del tipo de cotización por contingencias comunes.

No sólo las empresas van a tener que enfrentarse a un aumento de los costes salariales, también los trabajadores con salarios altos verán reducido su salario neto debido a la aplicación de la cuota de solidaridad.

 

¿Qué obligaciones tiene la empresa a partir de la entrada en vigor de la cuota de solidaridad?

Las empresas no sólo deberán aplicar la nueva cuota de solidaridad, también deberán comunicar por medios electrónicos a la TGSS, entre otros, los datos identificativos de los trabajadores afectados, el periodo en que deban abonarse las retribuciones y el importe de las bases de cotización comprendidas entre la base máxima y la determinada por las retribuciones computables.

 

¿A que regímenes de la Seguridad Social se aplica?

La cuota de solidaridad se aplicará a los trabajadores que coticen en el Régimen General de la Seguridad Social, a los trabajadores por cuenta ajena del Régimen de los Trabajadores del Mar y a los trabajadores por cuenta propia incluidos en este Régimen Especial de Trabajadores del Mar.

¿Qué pasa con los autónomos?

Los trabajadores autónomos quedan eximidos de la cuota de solidaridad, es decir, no va a afectar a los trabajadores de alta en el RETA.

¿Necesita ayuda? En Cigarrán Abogados podemos ayudarte (+34) 91.355.85.15

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