Autora:
Olga Galindo
¿Qué pasa cuando el trabajador/a no informa a la empresa de su baja médica? ¿Despido?
Las faltas de asistencia injustificadas pueden ser motivo de despido disciplinario, pero ¿qué ocurre cuando el trabajador se encuentra en situación de incapacidad temporal (IT) y no comunica adecuadamente su situación a la empresa? Un reciente fallo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Asturias aclara cómo deben gestionarse estos casos y cuáles son los límites que diferencian un despido nulo de uno improcedente.
El asunto: despido por no comunicar la baja médica
La cuestión que se presentó ante el TSJ de Asturias giraba en torno al despido de una trabajadora que no se reincorporó a su puesto tras la finalización de su IT, ni comunicó las razones de su ausencia. La mutua había emitido un alta médica, pero esta fue anulada al día siguiente. La empresa, al no tener noticia alguna de la trabajadora, le envió un burofax instándole a que se reincorporara o justificara su ausencia. Ante la falta de respuesta, la empresa procedió a despedirla por faltas de asistencia injustificadas.
Tras el despido, la trabajadora interpuso una demanda solicitando que se declarara la nulidad del mismo por ser discriminatorio. El juzgado de lo social, en primera instancia, desestimó esta petición, pero sí declaró la improcedencia del despido, decisión que llevó a la empresa a optar por la readmisión de la trabajadora. Insatisfecha, la trabajadora interpuso un recurso de suplicación ante el TSJ de Asturias, insistiendo en que su despido debía ser considerado nulo y discriminatorio.
¿Qué ha dicho el TSJ de Asturias?: Improcedente, pero no nulo
El TSJ de Asturias analizó el caso desde la perspectiva de la posible discriminación por razón de enfermedad. El tribunal recordó que, aunque la enfermedad o condición de salud no constituyen una causa de discriminación según la Constitución o el Estatuto de los Trabajadores, la entrada en vigor de la Ley 15/2022 estableció explícitamente el derecho a no sufrir discriminación por motivos de enfermedad o condición de salud.
En este contexto, una baja por enfermedad puede ser considerada como un indicio objetivo de discriminación, lo que invierte la carga de la prueba, exigiendo a la empresa demostrar la racionalidad y justificación de su decisión extintiva. En este caso concreto, el TSJ determinó que la empresa había justificado adecuadamente el despido basado en seis faltas de asistencia injustificadas, las cuales la trabajadora no justificó a pesar de haber recibido un requerimiento formal por parte de la empresa.
Además, el tribunal señaló que no se acreditó que la empresa tuviera conocimiento de la anulación del alta médica ni que la trabajadora siguiera en situación de IT. La Sala enfatizó que la mera emisión de un parte de baja médica no exime al trabajador de la obligación de comunicar con la debida diligencia al empleador las circunstancias que le impiden acudir a su puesto de trabajo.
Existencia de causa real y objetiva para la extinción del contrato
En vista de estos hechos, el TSJ concluyó que existía una causa real, objetiva y razonable que justificaba la extinción del contrato de trabajo, descartando así la existencia de vulneración de derechos fundamentales. Por este motivo, se declaró improcedente el despido, pero no nulo, y tampoco se reconoció indemnización alguna en concepto de daños y perjuicios.
Conclusión: comunicación, un deber del trabajador en situación de IT
Este fallo del TSJ de Asturias resalta la importancia de la comunicación entre el trabajador y la empresa, especialmente cuando el empleado se encuentra en situación de IT. La existencia de un parte de baja médica no exime al trabajador de su obligación de informar a la empresa sobre su situación. La falta de dicha comunicación puede dar lugar a un despido que, aunque pueda ser declarado improcedente, no necesariamente se considerará nulo o discriminatorio.
Para los departamentos de recursos humanos y empresarios, esta sentencia refuerza la importancia de actuar conforme a la normativa vigente y mantener una vía de comunicación abierta con los empleados. Al mismo tiempo, los trabajadores deben ser conscientes de su deber de informar y justificar sus ausencias para evitar situaciones que puedan llevar a conflictos laborales.
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