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Autora:
Olga Galindo Carazo

NUEVO CONVENIO ESTATAL DE EMPRESAS DE CONSULTORIA

El pasado 26 de julio entró en vigor el XVIII Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Consultoría, Tecnologías de la Información y Estudios de Mercado y de la Opinión Pública, con una vigencia temporal comprendida entre el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2024.

¿Cuáles son las principales mejoras del Convenio? 

Subidas salariales:

2022: Se establece un incremento del 5,5% de media (varía en función de cada Área y Nivel) con efectos retroactivos desde el 1 de julio de 2022.

2023: Incremento del 2,5% con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2023

2024: Incremento del 2% (sobre las tablas de 2023)

Es importante tener en cuenta que los atrasos y las subidas salariales pactadas por el Convenio, pueden ser absorbidos parcial o totalmente para el caso de empleados que perciban complementos personales que incrementen el salario por encima de lo estipulado por el Convenio.

Las tablas salariales del convenio se han actualizado teniendo en cuenta el actual Salario Mínimo Interprofesional, y se recoge el compromiso de que las tablas salariales serán revisadas con cada subida futura del Salario Mínimo Interprofesional por parte del Gobierno.

Clasificación Profesional:

Se establecen 5 Áreas, una más que en el anterior Convenio. El Área 3 pasa a dividirse en un área de programación (Área 3) y un área de Consultoría (Área 4). Se crea una nueva área para el Centro de Atención al Usuario. Quedan establecidas de la siguiente manera:

  • Área 1: BPO y administración interna
  • Área 2: Centro de gestión de usuarios (CAU)
  • Área 3: Desarrollo software, programación y explotación de sistemas
  • Área 4: Consultoría, ciberseguridad, bases de datos, sistemas en la nube.
  • Área 5: Estudios de mercado

Cada área tiene su propia tabla salarial, en el caso de cambio de categoría se debe respectar el salario de origen y las subidas pactadas.

En el Área de Programación se establece un ascenso automático del nivel E-I a los tres años de experiencia en el nivel E-II.

Se elimina el Nivel E-III de todas las áreas y grupos profesionales por corresponderse con los salarios más reducidos del convenio.

 

Teletrabajo: Se regula el teletrabajo por primera vez garantizando una compensación mínima de gastos de 17 euros brutos al mes para los trabajadores que realicen su jornada en la modalidad de teletrabajo al 100%. La cuantía será proporcional en el caso de contrataciones a tiempo parcial o porcentajes inferiores al 100% de trabajo a distancia.

 

Kilometraje: Se actualiza a 0,25€/Km, lo que supone un incremento del 32% con respecto al importe anterior.

 

Dietas: Actualización a 55 euros la dieta completa y 27,50 euros la media dieta para todas las Áreas, Grupos y Niveles, excepto para los Jefes de Zona, Inspector-Entrevistador y Entrevistador-Encuestador del Área 5, para estos supuestos la dieta completa es de a 38,55 euros y la media dieta de 19,27 euros.

 

El actual Convenio supone una mejora notable de las condiciones de las categorías más vulnerables y sienta las bases para el incremento y recuperación de los derechos y condiciones en general. Queda mucho trabajo por hacer, pero se ha dado un gran paso hacia la construcción de un futuro próspero para el sector de la consultoría que ocupa en España a más de 227.000 trabajores/as.

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